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Estatutos:(2) |

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Segunda Sección Título I Organización Funcional Interna Artículo - 15 Son órganos de la Hermandad del Señor de los Milagros: a) La Asamblea General b) La Junta Directiva
Título II Asambleas y Junta Directiva Artículo - 16 La Asamblea General está compuesta por la total o parcial reunión de los hermanos y sus propuestas están sujetas a observación y/o modificación por parte del Consejo Pastoral. Asimismo, es la encargada de velar por el cumplimiento de lo dispuesto en éste Estatuto y su Reglamento. Artículo – 17 Las Asambleas Generales son ordinarias y extraordinarias a) Las Asambleas ordinarias se reunirán dos veces al mes. b) Las Asambleas extraordinaria se reúne cuando es convocada por la Junta Directiva. Artículo – 18 Son atribuciones de la Asamblea Ordinaria proponer: a) El ingreso de nuevos hermanos al Director Espiritual. b) El presupuesto administrativo de la Hermandad para el ejercicio anual. c) La realización de actividades mensuales. Artículo – 19 El quórum para la realización de la Asamblea Ordinaria o extraordinaria será el 50% más uno. Si no concurriera la cantidad antes mencionada, los coordinadores responsables del ministerio dispondrán que se realice con el número de asistentes 30 minutos después de la hora convocada. Artículo - 20 La Hermandad tendrá una Junta Directiva constituida por nueve servidores quienes desempeñaran las siguientes funciones: a) Director Espiritual b) Coordinador General c) Coordinador Adjunto d) Tesorero e) Secretario f) Patrón de Andas g) Capataz General h) Asistente Social y Culto i) Prensa y Difusión Artículo - 21 El Director Espiritual es la autoridad máxima de la Junta Directiva. Artículo - 22 La designación de los servidores para realizar las funciones del inciso (d) al (i) del Artículo 20 lo harán los coordinadores del ministerio, relación que deberá ser presentada al Director Espiritual para su ratificación. Artículo - 23 La duración de la Junta Directiva es por un período de dos años y es el Consejo Pastoral de la Iglesia la encargada de nombrar los coordinadores del ministerio Artículo - 24 Se pierde el cargo de la Junta Directiva por renuncia expresa presentada con el carácter de irrevocable, censura o fallecimiento.
Título III Funciones de los Servidores en la Junta Directiva Director Espiritual Artículo - 25 Las funciones del Director Espiritual son: a) Presidir las reuniones de la Junta Directiva o Asambleas siempre y cuando lo permitan sus ocupaciones, caso contrario remitirse al Artículo 26 del presente Estatuto. b) Velar por la integridad moral de los hermanos del ministerio c) Celebrar las misas mensuales y de retiro. d) Organizar charlas de formación para los hermanos del ministerio. e) Vetar cuando los candidatos no son aptos para presentarse a la Hermandad y a la Junta Directiva de la misma.
Coordinador General Artículo - 26 El servidor encargado de las funciones del coordinador general deberá: a) En caso que las ocupaciones del Director Espiritual no le permitan asistir a las reuniones, será el Coordinador General quien asuma dicha responsabilidad. b) Vigilar la buena marcha y la disciplina de los hermanos, velando para que los mismos participen en la misa mensual. c) Cumplir y hacer cumplir lo prescrito en este Estatuto así como los acuerdos aprobados por el Consejo Pastoral. d) Dirigir las deliberaciones exigiendo respeto y orden, dentro de las normas establecidas, evitando los diálogos y enfrentamientos personales. e) Revisar los balances mensuales, bimensuales, semestrales y/o anuales con el servidor encargado de tesorería. f) Revisar los registros que presenta el Tesorero.
Coordinador Adjunto Artículo - 27 El servidor encargado de las funciones del Coordinador Adjunto deberá: a) Colaborar estrechamente en las funciones del Coordinador General. b) Asumir el cargo de Coordinador General en el caso de enfermedad, ausencia o renuncia del titular.
Tesorero Artículo - 28 El servidor encargado de las funciones de Tesorería deberá: a) Recaudar el dinero proveniente según Artículo 8 de las donaciones y cuotas voluntarias. b) Entregar el dinero a la oficina de Finanzas de la Iglesia dentro del plazo de 3 días laborables. c) Llevar un registro de lo recaudado según inciso (a). d) Coordinará cualquier solicitud de dinero requerido para las actividades debidamente autorizadas por el Coordinador General y/o Coordinador Adjunto.
Secretario Artículo - 29 El servidor encargado de las funciones de Secretaria deberá: a) Llevar registro actualizado de las reuniones en el Libro de Actas. b) Recibir y leer la correspondencia en general. c) Redactar la correspondencia a enviarse, para la aprobación y firma del Director Espiritual.
Patrón de Andas Artículo - 30 El servidor encargado de las funciones de Patrón de Andas deberá: a) Mantener en buen estado la sagrada efigie del Señor de los Milagros y la Virgen de las Nubes así como el anda y sus accesorios. b) No faltar a su puesto, ni abandonar el anda hasta la culminación de la procesión.
Capataz General Artículo - 31 El servidor encargado de las funciones de Capataz General son: a) Programar el recorrido de la procesión del Señor de los Milagros. b) Velar por la buena marcha y comportamiento de los hermanos durante la procesión. c) Convocar a los hermanos cargadores cuando sea necesario. Para ello deberá informar al Coordinador General de la convocatoria. d) Informar detalladamente a la Junta Directiva en la primera sesión después de las festividades.
Secretaria Asistencia Social y Culto Artículo - 32 El servidor encargado de las funciones de la Secretaria de Asistencia Social y Culto deberá: a) Visitar a los hermanos enfermo b) Coordinar actividades de asistencia para personas recién llegadas. c) Formar y organizar a las sahumadores y mixtureras durante el trayecto de la procesión. d) Organizar a las hermanas que ofrecen cánticos y alabanzas al Señor y a la Virgen en el trayecto de la procesión.
Secretario de Prensa y Difusión Artículo - 33 El servidor encargado de las funciones de la Secretaria de Prensa y Difusión deberá :
a) Difundir las actividades religiosas, sociales y culturales, tales como: retiros, asistencias a las celebraciones, charlas, concursos y/o cualquier actividad propia de la Hermandad b) Actuar como nexo de comunicación entre la Hermandad y la Parroquia informando todo evento que sea patrocinado por los diferentes ministerios de la Iglesia Católica de San Isidro.
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