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Estatutos: |

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.Primera Sección Generalidades
Título I
Artículo - 1 La Hermandad del Señor de los Milagros en la Iglesia Católica de San Isidro es un ministerio integrado por fieles católicos y devotos del Señor de los Milagros. Artículo - 2 La Hermandad tiene sede en la Iglesia Católica de San Isidro ubicada en 2310 Martin Luther King Blvd., Pompano Beach, Florida 33069; bajo la jurisdicción de la Arquidiócesis de Miami. Artículo - 3 La existencia de la Hermandad es por tiempo indefinido, mientras su extinción o disolución no se produzca. El Consejo Pastoral de la parroquia podrá disolverla en caso que no cumpliese con los fines para los que se creó. Artículo - 4 Por ser de carácter religioso, la Hermandad debe permanecer ajena a toda actividad de índole político y/o comercial, quedando completamente prohibido cualquier acción proselitista sobre el particular.
Título II Los Fines de la Hermandad Artículo - 5 El campo de acción de la Hermandad abarca concretamente cinco aspectos:
a) Fomentar la fe católica, la devoción y la veneración a la imagen del Señor de los Milagros, así como la formación religiosa y la vida cristiana ejemplar de los integrantes. b) Organizar las celebraciones y festividades de culto al Señor de los Milagros, velando para que estas tengan un carácter estrictamente religioso. c) Realizar actividades con el conocimiento del Director Espiritual responsable, con el fin de asistir y apoyar en la evangelización de nuevos fieles para que puedan integrarse a la familia cristiana y permanecer en ella. d) Colaborar en la organización y realización de los eventos religiosos, sociales y culturales de la familia cristiana que se reúne en la parroquia. e) Practicar y fomentar el espíritu de ayuda, socorro y auxilio entre los fieles del ministerio en casos de enfermedad o muerte y otros imprevistos. Título III Patrimonio y las Rentas Artículo – 6 Las adquisiciones de bienes, muebles o inmuebles, enseres, etc. por parte de la Hermandad formaran parte del patrimonio de la parroquia. Artículo – 7 Los fondos provenientes de las aportaciones voluntarias, limosnas y otros donativos de los fieles, serán destinados para las actividades de la Hermandad y para fines sociales, con particular atención a los hermanos más necesitados. Artículo – 8 Los fondos de que disponga la Hermandad para cumplir sus fines provienen de: a) Cuotas voluntarias de los fieles b) Donaciones (es la responsabilidad de la Hermandad y de su Director Espiritual, la aceptación o no de donaciones de personas o empresas, dejando establecido que tales donaciones no deben condicionar en las decisiones de la misma Hermandad) c) Actividades socio-culturales Los fondos antes mencionados serán recibidos por el servidor encargado de la tesorería.
Título IV De los(as) hermanos(as) y su clasificación Artículo – 9 Pueden ser hermanos todos los católicos y devotos del Señor de los Milagros, varones, mujeres, jóvenes y niños/niñas que tengan las condiciones que se estipula en el Artículo 12. Artículo – 10 Los hermanos están obligados a cumplir las disposiciones de este estatuto, los acuerdos de las asambleas generales y de la Junta Directiva, los cuales deben haber sido previamente ratificados por el Consejo Pastoral. Asimismo, estarán sujetos a las obligaciones y beneficios que brinda la Hermandad. Artículo - 11 Los hermanos se clasifican en: a) Hermanos activos en la Parroquia - son hermanos activos, todo aquel integrante que participa en las actividades inherentes al ministerio dentro de la Iglesia Católica de San Isidro. b) Hermanos invitados - Son hermanos invitados aquellos quienes participan activamente en sus respectivas parroquias y apoyan voluntariamente en la Iglesia Católica de San Isidro.
Título V Requisitos para ser hermanos Artículo - 12 Para participar en el ministerio se requiere: a) Ser bautizado dentro de la Iglesia Católica. b) Estar comprendido en el artículo 11 del presente estatuto. c) No pertenecer a sectas opuestas a la religión católica. d) Tener vocación de servir a Dios, llevando una vida cada vez más Cristiana y ejemplar. e) Usar el hábito o traje del Señor, de conformidad con el estilo auténtico, después de haber sido bendecido.
Título VI Derechos y obligaciones Artículo – 13 Son derechos de los hermanos: a) Gozar de los beneficios establecidos en este estatuto. b) Solicitar informes a la Oficina de Finanzas de la parroquia sobre la marcha económica de la Hermandad, a fin de hacer las observaciones o sugerencias que se crea convenientes para mayor ingreso de fondos si fuera necesario. c) Ser propuesto para coordinador responsable del ministerio. d) Dar sugerencias y presentar propuestas para el mejor desempeño del ministerio. Artículo - 14 Son obligaciones de los hermanos: a) Cumplir fielmente las disposiciones del presente estatuto. b) Demostrar solidaridad, corrección y disciplina dentro y fuera de la Hermandad. c) Asistir a todos los actos religiosos en los que intervenga la Hermandad. d) Cuando alguno de los fieles se encuentre delicado de salud, los hermanos visitaran al enfermo y acompañaran a los deudos en caso de fallecimiento. e) Participar durante nuestras actividades por las fiestas patronales, como son: 1. Retiro Espiritual 2. Novena y Vigilia 3. Misas y Procesiones En todas estas actividades, los hermanos deberán usar el hábito o traje después de ser bendecido. f) Asistirá a las reuniones convocadas por el ministerio.
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